¿Qué deben saber los propietarios extranjeros antes de vender bienes raíces en EE. UU.?

La respuesta breve

Un vendedor extranjero puede vender una propiedad en Florida exactamente como lo haría un vendedor nacional, con una gran diferencia al cierre: conforme a FIRPTA, generalmente el comprador debe retener un porcentaje del precio de venta y enviarlo al IRS, y el vendedor recupera cualquier exceso al presentar una declaración de impuestos estadounidense. En algunos casos, la retención puede reducirse o evitarse al solicitarlo al IRS antes del cierre, y la forma en que se posee la propiedad, personalmente, mediante una entidad o un fideicomiso, cambia la situación tributaria. Planifique la venta con un asesor fiscal que atienda a vendedores no residentes antes de publicar el anuncio.

Retención de FIRPTA al cierre

La Ley de Impuestos sobre la Inversión Extranjera en Bienes Raíces exige que el comprador, a través del agente de cierre, retenga una parte del precio bruto de venta cuando el vendedor es una persona extranjera y la remita al IRS. En la mayoría de los casos, la tasa establecida por ley es de 15 por ciento del precio, con una retención menor o una exención para algunas viviendas de menor precio en las que vivirá el comprador. La retención no es el impuesto; es un pago a cuenta. Su asesor tributario confirma la tasa y las excepciones aplicables a su venta.

Reducir la retención antes del cierre

Cuando el impuesto realmente adeudado sobre la ganancia sea menor que la retención, el vendedor puede solicitar al IRS un certificado de retención antes del cierre, y el agente de cierre puede conservar los fondos hasta que se emita. La solicitud toma tiempo, por lo que debe iniciarse cuando se firma el contrato, no durante la semana del cierre. Necesitará un número de identificación tributaria de EE. UU. si aún no tiene uno.

La declaración después de la venta

Al año siguiente, el vendedor presenta una declaración de impuestos de EE. UU. para no residentes en la que informa la venta, la ganancia y la retención, y recibe un reembolso de cualquier excedente. Conservar los documentos de compra, los recibos de mejoras y los estados de cuenta del cierre facilita el cálculo de la ganancia. Es posible que su país de origen también grave la venta, a menudo otorgando un crédito por los impuestos pagados en EE. UU.; su asesor coordina ambos aspectos.

Entidades, fideicomisos y sucesiones

Una propiedad mantenida mediante una empresa estadounidense o extranjera, un fideicomiso o una sucesión tiene sus propias reglas de retención e impuestos, y los documentos de venta deben coincidir exactamente con el propietario registrado. Si el propietario ha fallecido, puede ser necesario un proceso sucesorio en Florida o una administración sucesoria auxiliar antes de vender la propiedad. Solicite a su abogado que confirme quién tiene autoridad para firmar y qué requerirá la compañía de títulos.

Vender desde el extranjero

El anuncio, las visitas, las ofertas y el cierre pueden gestionarse mientras usted está en el extranjero: los documentos se firman a distancia ante un notario o en un consulado de EE. UU., según lo requiera la compañía de títulos, y los fondos de la venta se transfieren a su cuenta después del cierre. Reserve tiempo para las apostillas y los procedimientos de transferencias bancarias internacionales, y planifique la conversión de moneda con su banco.

Precio y marketing

Nada de esto cambia el valor de la vivienda. El precio se determina a partir de las ventas cerradas de propiedades comparables y se promociona en el mercado general, como cualquier anuncio de BreakThru. Lo que cambia es la planificación: la retención, la solicitud del certificado, la logística de la firma y los fondos de la venta; coordinamos todo con su asesor tributario, su abogado y la compañía de títulos desde el día en que anuncia la propiedad.

Hable sobre sus opciones con un corredor

Cada venta tiene su propio conjunto de cifras. Solicitar una valoración gratuita elaborada a partir de las ventas cerradas comparables con su vivienda, o consulte las cifras del mercado de su condado en Investigación de BreakThru Realty.

Lo que un propietario extranjero debe saber antes de vender: preguntas

¿Qué deben saber los propietarios extranjeros antes de vender bienes raíces en Estados Unidos?
Un vendedor extranjero puede vender una propiedad en Florida exactamente como lo haría un vendedor nacional, con una gran diferencia al cierre: conforme a FIRPTA, generalmente el comprador debe retener un porcentaje del precio de venta y enviarlo al IRS, y el vendedor recupera cualquier exceso al presentar una declaración de impuestos estadounidense. En algunos casos, la retención puede reducirse o evitarse al solicitarlo al IRS antes del cierre, y la forma en que se posee la propiedad, personalmente, mediante una entidad o un fideicomiso, cambia la situación tributaria. Planifique la venta con un asesor fiscal que atienda a vendedores no residentes antes de publicar el anuncio.
¿Cuánto se retiene cuando un propietario extranjero vende?
Por lo general, 15 por ciento del precio bruto de venta conforme a FIRPTA, con una retención reducida o sin retención en algunos casos, como ciertas viviendas de menor precio que ocupará el comprador. Un asesor tributario confirma qué se aplica a su venta.
¿Puedo recuperar la retención?
Sí, cualquier cantidad que supere el impuesto realmente adeudado, al presentar una declaración de impuestos de EE. UU. después de la venta. También puede solicitar al IRS, antes del cierre, un certificado que reduzca la retención.
¿Necesito estar en Florida para cerrar?
No. Los documentos se firman a distancia según lo requiera la compañía de títulos, a menudo ante un notario o en un consulado de EE. UU., y los fondos de la venta se transfieren a usted.

Más información para vendedores de South Florida